Impuesto de circulación

Impuesto de Circulación de un Vehículo en España

precio impuesto de circulación

El impuesto de circulación es obligatorio para todos los vehículos registrados en España, excepto los vehículos que están exentos. Si quieres saber qué es el impuesto de circulación, las tarifas que existen, los plazos de pago, las bonificaciones y exenciones que existen y las opciones de tramitar el impuesto, sigue leyendo y te lo explico.

¿Qué es el impuesto de circulación?

El impuesto de circulación o IVTM ( impuesto sobre los vehículos de tracción mecánica) es el impuesto obligatorio que recauda el ayuntamiento cada año sobre las personas físicas o personas jurídicas titulares de los vehículos registrados que circulan por la carretera pública.

Dicho impuesto municipal de vehículos se aprobó en enero de 1990 en sustitución al impuesto municipal de circulación de vehículos.

¿A qué vehículos se les exige este impuesto municipal?

Los vehículos que gravan el impuesto de circulación son los siguientes:

Turismos

Autobuses

Camiones

Tractores

Remolques y semirremolques

Ciclomotores y motocicletas

¿Cómo se calcula el precio del impuesto de circulación?

Para calcular el ivtm, es necesario indentificar cuales son los factores a tener en cuenta para el calculo del impuesto.

Estos son los factores más importantes a la hora de calcular el precio del ivtm de un vehículo.

  • Turismos: Se calcula según la potencia fiscal.
  • Autobuses: Se calcula según las plazas disponibles.
  • Camiones: Se calcula según la carga útil.
  • Tractores: Se calcula según la potencia fiscal.
  • Remolques y semirremolques: Se calcula según la carga útil.
  • Ciclomotores y motocicletas: Se calcula según la cilindrada.

Para calcular el precio del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, debemos utilizar la siguiente tabla de tarifas. En estás tablas podremos identificar según las horquillas establecidas, el precio a pagar en el impuesto de circulación según los factores de calculo establecidos por el tipo de vehículo. Estas son las tablas de las tarifas del impuesto de circulación de los principales ayuntamientos de España (Barcelona Madrid y Sevilla.)

Precio a pagar en el impuesto vehicular de Barcelona

En la tabla siguiente puedes determinar la tarifa del impuesto de circulación del vehículo si resides en Barcelona.

Tabla de precios del impuesto de circulación de los vehículos según el ayuntamiento de Barcelona

Exención y bonificación en el impuesto de circulación de Barcelona

En Barcelona, los coches históricos en el impuesto de circulación quedan exentos de pagar al ayuntamiento.

Fuente: Motopoliza

Precio a pagar en el impuesto vehicular de Madrid

En la tabla siguiente puedes determinar la tarifa del impuesto de circulación del vehículo si resides en Madrid.

Tabla de precios del impuesto de circulación de los vehículos según el ayuntamiento de Madrid

Exención y bonificación en el impuesto de circulación de Madrid

En Madrid, los vehículos exentos del impuesto de circulación son:

  • Autobuses (Cuya capacidad exceda de 9 plazas, incluido el conductor. )
  • Microbuses (Cuya capacidad exceda de 9 plazas, incluido el conductor. )
  • Vehículos de servicios (Cuya capacidad exceda de 9 plazas, incluido el conductor. )
  • Tractores (Provistos con la Cartilla de Inspección Agraria.)
  • Remolques (Provistos con la Cartilla de Inspección Agraria.)
  • Semirremolques (Provistos con la Cartilla de Inspección Agraria.) 
  • Maquinaria (Provistos con la Cartilla de Inspección Agraria.) 

Fuente: Madrid.es

Precio a pagar en el impuesto vehicular de Sevilla

En la tabla siguiente puedes determinar la tarifa del impuesto de circulación del vehículo si resides en Sevilla.

Tabla de precios del impuesto de circulación de los vehículos según el ayuntamiento de Sevilla

Exención y bonificación en el impuesto de circulación de Sevilla

En Sevilla, están exentos de pagar el impuesto de circulación de vehículos:

  • Los vehículos oficiales del Estado, Comunidades Autónomas y entidades locales adscritos a la defensa nacional o a la seguridad ciudadana.
  • Los vehículos de representaciones diplomáticas, oficinas consulares, Agentes diplomáticos y funcionarios consulares de carrera acreditados en España, que sean súbditos de los respectivos países, externamente identificados y a condición de reciprocidad en su extensión y grado.
  • los vehículos de los Organismos internacionales con sede u oficina en España y de sus funcionarios o miembros con estatuto diplomático.
  • Los vehículos respecto de los cuales así se derive de lo dispuesto en Tratados o Convenios Internacionales.

Más vehículos exentos

  • Las ambulancias y demás vehículos directamente destinados a la asistencia sanitaria, o al traslado de los heridos y enfermos.
  • Los autobuses, microbuses y demás vehículos destinados o adscritos al servicio de transporte público urbano, siempre que tengan una capacidad que exceda de nueve plazas, incluida la del conductor.
  • Los tractores, remolques, semirremolques y maquinaria provistos de la Cartilla de Inspección Agrícola.
  • Vehículos matriculados a nombre personas discapacitadas que reúnan los siguientes requisitos:
  • Que el vehículo esté matriculado a nombre de la persona con discapacidad para su uso exclusivo tanto para ser conducido por ella como para su transporte.
  • Que tenga un grado de minusvalía igual o superior al 33 %, o reconocimiento por la Seguridad Social de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, o bien resolución del Ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa reconociendo pensión por jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad,
  • Esta exención no será aplicable por más de un vehículo simultáneamente.

Fuente: Sevilla.org

¿Cómo tramitar el pago del impuesto de circulación del coche?

El pago del impuesto de automóviles se abona al ayuntamiento donde pertenezca el domicilio fiscal del titular del vehículo que aparece en el permiso de circulación. 

El organismo público envía de forma física la carta de pago con codificaciones e indicaciones sobre el precio a abonar, los plazos para poder abonar el impuesto de circulación y las diferentes opciones para poder pagarlo.

Las diferentes opciones para poder abonar el impuesto de circulación son: 

  1. Abonando el impuesto de circulación de forma online
  2. Puedes pagar el ivtm de tu vehículo a través de internet, banca electrónica, tarjeta de crédito o débito o certificado digital. 
  3. Abordando el impuesto de circulación de forma presencial a través de quioscos autorizados, entidades financieras colaboradoras, oficinas de correos informatizadas y a través también del teléfono 010.

Plazos de pago del impuesto de circulación

El impuesto de circulación es un impuesto que se paga una vez al año y el plazo para poder realizar el abono va del 1 de enero hasta el 31 de julio. En el caso de no pagar el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica en repetidas ocasiones y acumular una deuda con el organismo público de más de 500 euros en concepto de impago del ivtm, el ayuntamiento procederá al embargo del vehículo. 

Preguntas Frecuentes

El impuesto sobre los vehículos de tracción mecánica lo debe pagar el titular del vehículo que aparece en el permiso de circulación.

No. Debe de abonarse el pago en el ayuntamiento donde se encuentra el domicilio que consta en el permiso de circulación del vehículo.

El impuesto de circulación para los vehículos eléctricos está exento por ahora, pero no se descarta que esto cambié a partir de abril del 2025.

Puedes conocer el estado legal de un vehículo solicitando un informe de la dgt informando de la matrícula del vehículo que deseas conocer los datos y pagando las tarifas correspondientes. 

Puedes sacar el informe de la dgt (Dirección General de Tráfico) de forma rápida y sin moverte de casa a través de este enlace